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Introducción a la Visa de No-Inmigrante en Miami/ Visas Especiales en el Estado de la Florida
Las leyes de inmigración son muy complejas, pero cuando se trata de los ciudadanos extranjeros son bien específicas. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) estableció varias formas con las cuales los ciudadanos de otros países pueden visitar los Estados Unidos, solo necesitan una visa de no inmigrante.
Las leyes de inmigración de los Estados Unidos cuentan con una serie de categorías de visas que están creadas para los visitantes y trabajadores que están categorizados en alguna especialidad dentro de las visas de no-inmigrantes.
Concepto de la Visa de No Inmigrante
El concepto de las visas de no inmigrantes son aquellas visas temporales que se le otorgan a individuos ciudadanos de países extranjeros para que puedan visitar los Estados Unidos con fines determinados, este permiso siempre es emitido con una fecha culminante, y los pasajeros tienen que tener además el permiso de entrada por parte de los funcionarios aduaneros en cualquiera de las zonas fronterizas que tiene USA y que el viajero haga la entrada. El oficial de la protección aduanera tiene el derecho de negarle la entrada al país si considera que la persona no es confiable o que puede ser un peligro nacional.
Tipos de Visas de No-Inmigrante o Visas Especiales para USA
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS) tiene emitido más de 20 tipos de visas de no inmigrante, las cuales dependen del motivo de viaje que tenga la persona solicitante, dentro de las más utilizadas se incluyen:
Para los motivos como visitas a familiares, turismo, problemas médicos y vacaciones, el tipo de visa de no inmigrante que se debe solicitar es la visa B-2.
Para aquellos que soliciten la visa con motivos de negocios se encuentra la visa B-1.
Las personas que deseen estudiar en los Estados Unidos o estudiantes de intercambio tienen que solicitar la visa F y M. Las visas llamadas F1 son otorgadas a estudiantes de otros países que vienen al territorio nacional de los Estados Unidos a estudiar a tiempo completo.
Los trabajadores religiosos tienen que presentar la visa Rpara USA. Esta visa R es para personas que son profesionales de la religión, las cuales son autorizadas por una organización reconocida para entrar en los Estados Unidos con el objetivo de trabajar en entidades religiosas libres de impuestos, estos pueden ser ministros, rabís, monjes, imam, ya sea como oradores, o para realizar conferencias religiosas, o estudios vocacionales religiosos.
Profesores titulares reconocidos y todos los académicos que vienen a los Estados Unidos con el objetivo de trabajar temporalmente necesitan aplicar por la visa J. Las personas bajo estas visas están autorizadas a trabajar en el mismo campus de estudios y si es capaz de efectuar algún estudio científico puede obtener ganancias por ello.
Los inversionistas tienen que presentar la visa E. Las visas E1 para comerciantes y E2 para inversiones son visas legales de negocios para ciudadanos naturales de países que tienen libre comercio con los Estados Unidos. Las visas EB5 son creadas para los ciudadanos extranjeros que están interesados en invertir en un negocio en los Estados Unidos ya existente o desean establecer uno propio. Los solicitantes de la visa EB-5 obligatoriamente tienen que contar con un capital de 1, 000,000 de dólares para efectuar las negociaciones o 500,000 dólares para invertir en una zona determinada como área regional, además demostrar que se generarán más de 10 puestos de trabajo con la creación de la nueva empresa.
Las personas que presentan como trabajadores temporales necesitan una de las visas H, L, O, P dependiendo del caso que corresponde.
La visa K1 también llamada por su nombre en inglés como “ Visa Fiancee” son solicitadas por parejas comprometidas legalmente para contraer matrimonio pero que viven en países diferentes. También se les concede la visa a los hijos menores de estos siempre y cuando tengan menos de 21 años.
Artistas, deportistas, músicos, pintores, diseñadores, peloteros y personalidades reconocidas internacionalmente que vienen a presentar sus obras en el territorio americano solicitan las visas P.
La J1 Visawaiver, la cual es también conocida como exención de visa y es fomentada por el gobierno estadounidense como una visa especial, donde se le otorga la entrada al territorio a los ciudadanos de países extranjeros bajo este proyecto como visitantes o negociantes sin necesidad de solicitar una visa legal en el Consulado americano del país correspondiente. Estas personas tienen que ser ciudadanas de uno de los 36 países que el gobierno reconoce como participes del programa de visa Waiver con destino EE.UU. Estos países son seleccionados porque estadísticamente se ha demostrado que tienen baja probabilidad de inmigración ilegal.
Las visas A están dirigidas a los funcionarios diplomáticos y a los de la Organización de las Naciones Unidas de América (ONU), además para los familiares de estos y los empleados domésticos. Estos trabajadores solo solicitan este tipo de visa para realizar algún trabajo oficial respecto a su país en los Estados Unidos.
La visa G es otro tipo de visa especial y está dirigida a los funcionarios del gobierno. Esta visa G se ramifica en varios tipos de visas tales como G1, que es para miembros de alguna institución internacional reconocida, la visa G2 que es para funcionarios gubernamentales que vienen a los USA solo por reuniones de estado, la visa G3 es para agentes de países no reconocidos y la visa G4 es para funcionarios que vienen a USA a ejercer un puesto de una institución internacional o de la ONU.
Los trabajadores de los medios de comunicación también entran como visas especiales y tienen que solicitar la visa I. Esta visa es otorgada a periodistas de la radio, televisión, cine, trabajadores del periodismo escrito, etc.
La visa C es otorgada a los trabajadores de una tripulación de viaje que necesitan permanecer en los Estados Unidos por un periodo de tiempo determinado y la visa D es para cualquier individuo que necesite un permiso de tránsito porque viaja hacia otro país.
EL departamento de inmigración también otorga la visa humanitaria como un caso de visa especial y está dirigida a aquellos individuos que necesitan venir a los Estados Unidos por trabajos humanitarios urgentes. A estas personas se le concede la visa por un periodo de tiempo determinado que puede ser renovado pero no se puede aplicar por la residencia temporal americana a partir de este tipo de visa.
Formulario de Visa USA de No-Inmigrante DS-160
Para aplicar por una visa de no inmigrante para entrar a los Estados Unidos, los solicitantes necesitan completar el formulario denominado “DS-160”, el cual fue establecido por el departamento USCIS para reducir y unir los formularios DS- 156,156-E, 156-K, 156-V, 157,158 en solo uno, el DS-160, ya que a través de ellos se aplicaba por una visa de no inmigrante. El formulario “DS 160” se utiliza para que la persona solicite la visa, pero tiene que asistir a una entrevista en el Consulado de su país de origen. Este formulario de visa junto con la entrevista en la Embajada americana del país de origen del beneficiario son los procesos a través del los cuales se obtiene la visa temporal de no-inmigrante.
Cuando se utiliza el formulario DS-160 los solicitantes deben saber que esta solicitud se puede realizar vía electrónica y es necesario contar con algunos de los documentos necesarios para realizar correctamente la aplicación, se necesita todos los datos personales de la persona así como una foto digital para visa que cumpla con las características que se establece en el formulario DS 160, el número de identificación, los datos del pasaporte, la información del alojamiento en el territorio americano, los datos del empleador si es una visa no inmigración para trabajar, si viaja con uno o varios familiares se necesitarán los datos personales de estas personas y por último se necesitarán toda la información referente a sus hijos y su cónyuge.
Los abogados de inmigración en Miami cumplen un importante papel en el proceso de visado de inversionistas extranjeros. Los abogados en Gallardo Law Firm ayudan a muchos clientes a obtener una visa para entrar a los Estados Unidos, ya sea con el objetivo de visita o trabajo.
Los abogados de inmigración les ayudarán en cada etapa del proceso aportando la información correcta y necesaria para que usted califique para una de las visas de no-inmigrante, ellos aconsejan a sus clientes cuál es el mejor camino para realizar este proceso, recibir la residencia permanente y la ciudadanía cuando llegue el momento. Además, podrá asesorarle en cuanto al comportamiento adecuado que deberá seguir según las leyes del estado de la Florida para que pueda solicitar una extensión de la visa.
Debe recordar que se efectuarán revisiones para renovar el visado, por lo que debe mantener o mejorar todas las condiciones que proporcionaron la visa. Es de gran ayuda trabajar desde el comienzo con un abogado de inmigración ya que es la persona que conoce las leyes de inmigración y puede servir como guía en la obtención de la residencia permanente y la ciudadanía americana después de obtener la visa de no inmigrante en Miami.
La visa es el mecanismo mediante el cual un individuo extranjero tiene el permiso de estancia en los Estados Unidos por la cantidad de tiempo que fue expedida. Es importante recordar que los individuos serán interrogados antes de entrar al territorio por funcionarios aduaneros que tienen el derecho de no otorgarles la entrada al territorio si lo desean. Es decir, que la visa no garantiza la entrada al país.
Si existe mucha diferencia, porque la visa de noinmigrante son otorgadas temporalmente con el fin de visitar o trabajar dependiendo del tipo de visa y en el periodo de tiempo que ha sido otorgada, pero tiene derecho de renovación. Sin embargo, la residencia permanente le permite al individuo residir, trabajar, estudiar de forma permanente en los Estados Unidos. (Para más información acerca de cómo obtener la residencia permanente visite el artículo relacionado a inmigración permanente en la página web gallardolawyers.com). Las visas de turismo para USA solo sirven para visitar el territorio de forma temporal, los ciudadanos bajo estas visas de visitas no pueden recibir ningún tipo de remuneración monetaria.
Los diplomáticos están exentos de cualquier pago de visa que necesiten para venir de trabajo a USA, solo tienen que pagar si solicitan la visa con pasaportes no oficiales.
Las visas U son consideradas visas de inmigrantes especiales y son para aquellas personas que han sufrido de violencia criminal o tráfico de personas, para las personas con problemas sicológicos producto de la violencia, para el individuo que cuenta con información suficiente acerca de la o las personas que han cometido algún crimen o puede ayudar el proceso investigativo de la policía contra algún criminal.
Cualquier individuo puede solicitar una visa humanitaria para entrar a USA aunque no se obtenga un permiso de autorización por parte del Departamento de Estado. Además se puede solicitar este tipo de visa especial para el caso de problemas médicos, pero necesita varios documentos que demuestren su estado de salud y que necesita algún tipo de tratamiento urgente en el país y las razones de porque no realizar el tratamiento en su país de origen o en otro país cercano. Además tiene que presentar el presupuesto disponible para el tratamiento médico y para el regreso a casa.
Primeramente tiene que informar lo ocurrido a las autoridades de los Estados Unidos y luego mandar este documento junto con los datos de su pasaporte anterior a los oficiales de inmigración para que se resuelva el caso.
El tiempo de estancia en el país depende del tipo de visa en particular, que puede ser renovada antes de finalizar el tiempo otorgado. Los funcionarios de la aduana en el momento de entrada al país otorgan ese tiempo.